Secciones del Curso

6. Justicia restaurativa en ejecución penal

¿Qué es la ejecución penal?

Como mencionamos en el módulo uno, el 16 de junio de 2016 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley Nacional de Ejecución Penal, cuyo objetivo radica en establecer las normas (reglas) que deben de observarse durante el internamiento de una persona a prisión preventiva (ya vimos que eso es cuando se le está investigando y no se le ha hecho juicio todavía), en la ejecución de una pena (que fue juzgada y encontrada culpable, sentenciada a prisión) y en las medidas de seguridad impuestas como consecuencia de la decisión de un juez/a. En esta ley se establecen los procedimientos para resolver las controversias que surjan con motivo de la ejecución penal y se regulan los medios para lograr la reinserción social.

Aunque el Código Nacional de Procedimientos Penales no establece la etapa de ejecución penal como una etapa del procedimiento, lo cierto es que ésta es la consecuencia siguiente en casos de una sentencia condenatoria o en los casos en que se haya aplicado una medida cautelar de prisión preventiva.

Durante esta etapa, un juez o jueza denominada “de ejecución” será la persona encargada de verificar el cumplimiento de la sentencia al interior de un centro penitenciario, así mismo, velará por los derechos de las personas privadas de su libertad durante su estancia en el centro y la aplicación de algún beneficio preliberacional cuando se cumplan los requisitos para ello, siempre con la intención de lograr la reinserción social de la persona privada de libertad.

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