Secciones del Curso

7. Mecanismos alternativos y justicia restaurativa en el sistema integral de justicia penal para adolescentes

Mecanismos alternativos de solución de controversias

Mediación

Este mecanismo alternativo es de los más conocidos y generalizados en su aplicación en México, y es el proceso comunicación en que víctima o persona ofendida y la persona adolescente (con quien le represente legalmente como madre, padre, abuelos/as o tutores/as), dialogan para exponer sus intereses y necesidades en la búsqueda de soluciones que pongan fin a su conflicto penal mediante la firma de un acuerdo reparatorio, o el diseño de un plan de reparación y la propuesta de condiciones por cumplir para una suspensión condicional del proceso. Es definida y regulada por los artículos 85, 86 y 87 de la LNSIJPA.

Procesos restaurativos

En este tema, la LNSIJPA ha innovado contemplando procedimientos que sólo algunas legislaciones estatales habían considerado, aunque nunca en conjunto, abriendo la puerta a un esquema de justicia restaurativa más amplio, verdadero y benéfico, no solo para quienes participan en el proceso, sino también para la comunidad y el Estado. Esta legislación contempla tres tipos de procesos restaurativos:

  • Juntas restaurativas
  • Reunión de la víctima con la persona adolescente
  • Círculos

Criterios de selección del mecanismo adecuado

Una vez derivado el caso, el Órgano Especializado de MASC debe realizar una valoración respecto de la viabilidad de la aplicación de un mecanismo. Esto implica una doble valoración:

  • Confirmar que es un caso viable desde el punto de vista legal para ser resuelto por esta vía.
  • Verificar que el mecanismo aplicable al caso es el más adecuado para resolverlo. Esto implica valorar qué tan privado o sensible es el caso, además de si hubo una afectación hacia la comunidad o no (reunión víctima y persona adolescente), si hay comunidad afectada (junta restaurativa), si el número de participantes es elevado y ha habido una gran afectación a la comunidad, también si es necesaria la participación de personas operadores del sistema para alcanzar un resultado restaurativo (círculos) o dependiendo de las circunstancias de cada caso, la persona facilitadora decide qué modelo restaurativo usar. En el caso de la mediación, como ya se mencionó anteriormente al abordar los mecanismos alternativos en personas adultas, generalmente son casos en los que el conflicto fue co-construido y hay responsabilidades compartidas, alto nivel emocional y la gente se conoce o seguirá en contacto. Estos últimos dos puntos aplican también para procesos restaurativos, excepto el de la co-construcción, que se trabaja en mediación (y tal vez en algún círculo, dependiendo del caso).
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