Secciones del Curso

6. Justicia restaurativa en ejecución penal

Tipos de procesos restaurativos en esta etapa

La Ley Nacional de Ejecución penal habla de dos tipos de procesos:

6.4.1 Procesos de encuentro. Se refiere a los que implican una preparación individual, seguida por un contacto entre la persona que cometió el delito y quien lo sufrió directa o indirectamente. Hay distintos modelos o formas de poder llevar un proceso restaurativo, puede ser que se reúnan solamente la persona que causó el daño y la que lo sufrió, puede ser que también se incorpore a algunos familiares y amistades en un grupo un poco más amplio que también pueden hablar de lo sucedido, o puede ser que incluso se involucre a otras personas de la comunidad. En este texto, cuando se habla de encuentro, será en referencia a estos procedimientos de diálogo entre las partes ya sea en persona o de manera indirecta, es decir, a través de una carta, un video, alguien que les represente o cualquier otra forma que permita esta comunicación.

6.4.2 Programas individuales. Aquellos que se basan en los principios de la justicia restaurativa de los que hablamos en el módulo 3, pero que trabajan solamente con una de las partes en que la justicia restaurativa se enfoca: ofensor, víctima o comunidad. En las prisiones lo más común es que, al hablar de programas de justicia restaurativa, el trabajo será con las personas sentenciadas por los delitos (“ofensoras”), aunque depende de lo que cada prisión haga, hay programas de distintos tipos.

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