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¿Qué son los programas individuales de justicia restaurativa?
- enero 29, 2020
- Publicado por: Staff IIDEJURE
- Categoría: Blog IIDEJURE
Autora: Violeta Maltos
La Ley Nacional de Ejecución Penal (LNEP) y la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia para Adolescentes (LNSIJPA), mencionan los programas individuales de justicia restaurativa. ¿A qué se refieren con “programa individual”?
Artículo 204 (LNEP): Los procesos restaurativos se llevarán a cabo con la participación del sentenciado en programas individuales o sesiones conjuntas con la víctima u ofendido, en las cuales podrán participar miembros de la comunidad y autoridades, atendiendo al caso concreto y con el objetivo de analizar las consecuencias derivadas de delito.
Artículo 195 (LNSIJPA): Pueden aplicarse los procesos restaurativos a que se refiere esta Ley[1], o bien, que la persona adolescente, la víctima u ofendido y la comunidad afectada participen en programas individuales, bajo el principio de justicia restaurativa, establecido en este ordenamiento.
En su tipología de la justicia restaurativa[2] cuya imagen aparece abajo, Ted Wachtel nos habla de intervenciones: parcialmente, principalmente (“mayormente” en otras versiones de su tipología) y completamente restaurativas. Tiene que ver con la interacción entre sí de las personas interesadas en un delito u ofensa: víctima, persona ofensora y comunidad para los fines de la justicia restaurativa (atención a las necesidades).
Intervenciones parcialmente restaurativas.
Cuando trabajamos con una sola de las personas interesadas en atención a necesidades relacionadas con la ofensa o delito, estamos ante una intervención, programa o modelo parcialmente restaurativo, ejemplos:
1.- Reparación del daño económico (restitución o compensación) a las víctimas a través del fondo; o gestión de algún servicio de atención psicológica para lograr su rehabilitación (uno de los rubros de la reparación integral) [3].
2.- Concientización de ofensores sobre el daño sufrido por la víctima sin encuentro directo (a través de un panel de víctimas, por ejemplo); o servicio comunitario “relacionado”, como señala Wachtel, es decir, que el servicio comunitario tenga relación con el delito y pueda generar una conciencia del daño ocasionado a la víctima o la comunidad. Un servicio comunitario que no tiene relación con el delito o daño causado es finalmente una sanción sin enfoque restaurativo.
3.- Programas de apoyo a familias de las personas privadas de la libertad, para atender consecuencias del delito (que se hayan quedado sin sustento, por ejemplo).
Intervenciones principal o mayormente restaurativas.
Cuando se trabaja con dos de las personas interesadas de un caso específico. Ejemplos:
1.- Una reunión víctima – persona adolescente, en términos de la LNSIJPA (artículo 90). Aquí no interviene la comunidad, ni la de apoyo, ni la representación de la comunidad afectada de manera secundaria por el delito[4]; excepto por la representación de la persona adolescente, que puede ser quien ejerce la patria potestad, la tutela, o bien, alguien asignado por el Estado.
2.- Círculos de apoyo a las víctimas en los que participa la comunidad, pero no las personas ofensoras.
3.- Programas como “Restaurando identidades” del Instituto Internacional de Justicia Restaurativa y Derecho (IIDEJURE) y Diálogos Restaurativos, que trabaja con adolescentes con medida de sanción de internamiento y sus familias, por separado primero y después reuniéndoles en un círculo de reestructuración de identidad familiar. No participan las víctimas (a menos que una de ellas pidiese un encuentro con el adolescente y éste acepte, pero es un proceso distinto al programa).
Intervenciones completamente restaurativas.
Cuando se trabaja con tres de las partes interesadas (víctima, persona ofensora y comunidad). Ejemplos:
1.- Juntas restaurativas, en las que participan la víctima, la persona ofensora y sus comunidades de apoyo. También puede ser que participe alguna representación de la comunidad afectada indirectamente por el delito (personal de la escuela, empresa, gente del vecindario, etc., donde se haya cometido el delito o que les haya afectado por tener relación con alguna de las personas involucradas).
2.- Círculos, en términos de la LNSIJPA (artículo 92) donde participan la víctima, la persona adolescente, comunidades de apoyo, representaciones de la comunidad e incluso alguna autoridad.
Programas individuales.
Entonces, ¿qué son los programas individuales? Son proyectos diseñados previamente basados en los pilares, principios y valores de la Justicia Restaurativa[5], en los que participan hasta dos de las partes primarias involucradas en una ofensa, sin que exista un encuentro o comunicación indirecta entre la víctima y ofensor; ya que este encuentro, nos llevaría a utilizar un modelo restaurativo de los ya establecidos en las dos leyes mencionadas al inicio que implican sesiones de preparación y sesión conjunta, como puede desprenderse de la lectura armónica de sus artículos.
¿Cuáles serían ejemplos de programas individuales?
1.- “Restaurando identidades”. Dirigido a hombres adultos privados de la libertad. Creado por el Instituto Internacional de Justicia Restaurativa y Derecho (IIDEJURE) y Diálogos Restaurativos.
Se aplicó por primera vez en el CEFEREPSI, en Ayala, Morelos, entre marzo y octubre de 2018, gracias al apoyo de la Comisión Nacional de Seguridad, Documenta, A. C., y, sobre todo, de Prision Yoga Project.
En una primera parte, 70 personas recibieron una hora semanal de yoga durante varios meses. Esto, desde luego, no es un programa de justicia restaurativa, para serlo debe tener componentes de sus pilares como: análisis de la responsabilidad, las causas del delito, del hecho, reparaciones simbólicas, etc. De lo contrario, sería solo un programa de deporte (o de salud, dependiendo desde dónde se mire).
La parte restaurativa la proporcionaron IIDEJURE y Diálogos con su programa basado en: deconstrucción de la violencia, familia, identidad y reparación simbólica, realizado entre marzo y junio de 2018, con graduación en octubre.
Actualmente, Prision Yoga Project mantiene un “círculo permanente” con exalumnos del programa.
2.- “Restaurando identidades”. Dirigido a hombres adolescentes con medida de sanción de internamiento. Creado por el Instituto Internacional de Justicia Restaurativa y Derecho (IIDEJURE) y Diálogos Restaurativos, aplicándose actualmente en Ciudad de México en conjunto con la Dirección General de Atención Especializada para Adolescentes.
Consiste en sesiones semanales en las que los adolescentes, cada uno con una persona facilitadora voluntaria asignada, reflexionan sobre violencia, reactuación del trauma, reparación simbólica a la comunidad e identidad.
Paralelamente, se invita a trabajar con las familias de los adolescentes en las reflexiones de la historia familiar, lo que funciona, los cambios necesarios y la identidad familiar.
Al final, si integrantes de una misma familia (adolescente en internamiento y su madre, padre, pareja, hermanos, hermanas, etc.) participaron en el programa, se realiza entre ellos un círculo para reestructurar la identidad familiar.
No se ofrece buscar a sus víctimas directas para encuentros, por ser delitos que requieren solicitud forzosa de la víctima.
Adicionalmente, se acompaña con clases de box para los adolescentes, donde también se reflexiona sobre el uso de la fuerza y la violencia.
3.- Programa de la Fiscalía de Nuevo León. Bajo el liderazgo de Emilio Rodríguez, Director General de la Fiscalía Especializada en Soluciones Aletrnas, la Fiscalía de Nuevo León comenzó un programa diseñado y aplicado por algunos de los facilitadores y facilitadoras de la Fiscalía. El programa consiste en dos sesiones semanales, con una duración de tres meses, en el que se analizan las causas del delito, las consecuencias de las acciones, se provee de herramientas de manejo de emociones, entre otras cosas.
4.- “Puentes a la vida”, que en México lo implementó Promoción para la Paz, A. C., desde 2013, en Nuevo León, específicamente. Aquí trabajan con personas sentenciadas en veintiocho sesiones, analizando y reflexionando en aspectos del delito como: delito, responsabilidad, confesión, arrependimiento, perdón, reconciliación, restitución.
Todo lo anterior sin tener comunicación directa ni indirecta con la víctima. Al final, se hace una sesión de “graduación” del programa. Está basado en la metodología del mismo nombre (pero con el doble de sesiones) de John Sage, que lo fundó en Estados Unidos y se reproduce a través del material de Kirk Blackard y las capacitaciones de Edward Mendoza.
Cabe mencionar que los programas, también pueden convertirse en intervenciones completamente restaurativas, pues algunos programas tienen esta opción. Ejemplos:
1.- Reconexión. España. Programa de la Sociedad Científica de Justicia Restaurativa en la prisión de Burgos. En un primer momento se trabaja con adultos sentenciados a pena de prisión. Posteriormente se incluye a sus familias. Finalmente, se incluye a grupos de víctimas. Se da la opción de que si quieren un encuentro con su víctima directa, lo soliciten al final.
2.- Árbol Sicomoro Colombia. También con implementación en otros países. Este programa reúne a grupos de ofensores y víctimas que no son propios (es decir, ninguno es ofensor o víctima directa de otro participante). Al final, se da la opción a las víctimas de poder pedir un encuentro con su ofensor directo. 29 de cada 30 de ellas aceptan.[6]
3.- Programa de los Poderes Judicial y Ejecutivo de Tamaulipas. Con la iniciativa de Roberto Montoya, Director General del Centro de Mecanismos Alternativos para la Solución de Conflictos del Poder Judicial, se tejieron redes interinstitucionales para diseñar y operar un programa en conjunto. Una sola persona, organización o institución no puede tener el mismo impacto que la coordinación interinstitucional, lo que es un gran punto a favor para Tamaulipas y multiplica sus posibilidades de éxito.
El proyecto inicia con un taller de deportes, con la finalidad de generar empatía y confianza entre los adolescentes, el entrenador (red de apoyo) y el Facilitador especializado en Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias con el objetivo de que el adolescente aprenda la disciplina y el trabajo en equipo, dejando la ira y la frustración en el campo de entrenamiento.
Otras de las actividades que se plantean, es la impartición de pláticas a los adolescentes en temas del duelo, perdón, culpa, reconciliación, arrepentimiento, reparación del daño y mecanismos alternativos de solución de conflictos, estos temas, forman parte de la preparación del adolescente previo a una reunión de justicia restaurativa. Después de desarrollarse los procesos de justicia restaurativa, el proyecto finalizará con la elaboración de un documento por parte de los adolescentes que se denominará “experiencias de un adolescente en prisión”, mismo que se elaborará a través de cartas de impacto y entrevistas conducidas por un facilitador judicial especializado en adolescentes.
Una vez finalizado el proyecto con duración de un año, será evaluado por el Juez de Ejecución de Medidas en conjunto con la Dirección del Centro de Mecanismos Alternativos para la Solución de Conflictos del Poder Judicial y la Dirección del Centro de Reintegración Social y Familiar para Adolescentes de la Secretaría de Seguridad Pública del Estado de Tamaulipas.[7]
Características de los programas individuales de justicia restaurativa.
En conclusión, las características principales para que podamos decir que hablamos de un programa individual de justicia restaurativa son:
1.- Tener componentes restaurativos (relacionados con principios, pilares y valores de la justicia restaurativa) como: comprensión del daño causado, reparación simbólica, análisis de las causas del delito u ofensa, identificación de cambios en la propia vida, pasar de víctima a sobreviviente, entre otros. Cada programa es diferente, la característica común es que está basado en los principios, pilares y valores restaurativos.
Puede tener combinaciones de deporte, salud, capacitación para el trabajo u otros ejes constitucionales de reinserción, pero sin los componentes del párrafo anterior, no podemos hablar de que sea un programa de justicia restaurativa.
2.- Ser voluntarios. En toda intervención restaurativa debe subsistir la voluntariedad.
3.- Ser parcial o principalmente restaurativos (en estos últimos se exceptúan a víctimas y ofensores en conjunto):
- a) Grupos de víctimas.
- b) Grupos de comunidades.
- c) Grupos de personas ofensoras.
- d) Grupos de víctimas y comunidades.
- e) Grupos de personas ofensoras y comunidades.
Reconocimientos
Para cerrar esta colaboración, quiero hacer un pequeño homenaje, aunque sea en este sencillo blog, mencionando a algunas personas (disculpen si me falta alguien) que planearon y ejecutan algunos de los programas individuales que mencioné. Gracias por hacer crecer el tema y dedicar o haber dedicado horas de su tiempo al servicio de otras personas, con horas extras a su trabajo normal y, en algunos casos, pro bono. Han hecho mucho para cambiar el paradigma de justicia:
Virginia Domingo (España), Luisa Pérez (CDMX), Brenda Solís (España), Nancy Montes (Tijuana), Roberto Montoya (Tamaulipas), Emilio Rodríguez (NL), Betty Siller (NL), Víctor García (NL), Jesús España (NL), Consuelo Bañuelos (NL) y Gabriel (NL).
Con mayor énfasis, agradezco y reconozco a algunas de las 45 personas que están inscritas y componen el voluntariado de IIDEJURE y Diálogos Restaurativos. Especialmente, mando un abrazo enorme y mi gratitud a quienes están ejecutando programas individuales actualmente:
Héctor Valle (Oaxaca), Brenda Guerrero (CDMX), Eric Arias (CDMX), María de Jesús Zenil (CDMX), Victoria Pastrana (CDMX), Lucía Badillo (CDMX) y por un valioso tiempo, también Roberto Cortés (CDMX).
Finalmente, gracias a las instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil que colaboran en nuestros programas, ya sea evaluándolos gratuitamente, proporcionando espacios, financiando o abriéndonos las puertas para desarrollarlos:
Documenta, A. C., Fundación Reintegra, Renace, Dirección General de Atención Especializada para Adolescentes, CEFEREPSI, Comisión Nacional de Seguridad, entre otras.
Que cada vez más personas implementen programas de justicia restaurativa con compromiso, apertura al aprendizaje, tolerancia a la frustración (¡mucha!) y responsabilidad.
[1] Reunión víctima-persona adolescente, junta restaurativa y círculo.
[2] http://www.iirp.edu/pdf/Defining-Restorative-Spanish.pdf
[3] Ley General de Víctimas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2013
[4] Para identificar comunidades de apoyo y representación de la comunidad, véase: http://iidejure.com/participacion-de-la-comunidad-en-las-juntas-restaurativas/
[5] ZEHR, Howard. El pequeño libro de la justicia restaurativa, E.E.U.U, 2010, pág. 28.
[6] BARROS LEAL, César. Justicia Restaurativa. Amanecer de una era. Editorial Porrúa. Primera Edición. México, 2015.
[7] Información extraída del documento de justificación del programa, expedido por el Poder Judicial de Tamaulipas y proporcionado por Roberto Montoya, a quien agradezco mucho compartir su proyecto para el blog.