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Enfoque restaurativo en procesos penales y programas para personas con discapacidad intelectual o psicosocial
- marzo 29, 2020
- Publicado por: Staff IIDEJURE
- Categoría: Blog IIDEJURE
Autora: Laura Pérez Alfonzo
Héctor tiene 45 años, y en el momento de su detención fue diagnosticado con trastorno mental y de comportamiento. Fue acusado de causar lesiones a su vecino, y está por comenzar su quinta audiencia. Cuando llega a la sala de audiencia tiembla de las manos, consecuencia en parte de la medicación. Sin embargo, con sonrisa tímida, admite que esto también es resultado de los nervios que le provoca estar en una audiencia más, sin saber a ciencia cierta qué está pasando. Refiere por otra parte conocer el motivo por el cual está en la audiencia.
Héctor dice que él solo quiso ayudar a su vecino cuando desde lejos notó que este pedía ayuda; corrió en su auxilio, y cuando se acercó chocó con él: su vecino cayó al piso, hubo mucho ruido y muchas personas, y lo subieron a una patrulla
Cuenta que ha explicado eso en repetidas ocasiones a su defensa, pero ella no lo escucha. Hoy es una nueva, que ni quisiera se presentó con él. En las cinco audiencias que ha tenido a la fecha el juez no le ha dirigido la palabra.
Su vecino ha estado presente en todas las audiencias y manifiesta que su único deseo es que Juan reciba ayuda. “No me malinterprete”, me dice. “Me refiero a que quisiera comprender de mejor forma su situación. Todos tenemos la obligación de hacer algo para apoyarlo y no sé cómo, por eso estoy aquí”. Agrega que pese a haber recibido un golpe, y éste causarle lesiones, no fue esa la intención de Héctor, explicando que lo conoce desde hace muchos años.
En el año 2016, DOCUMENTA A.C. realizó un informe titulado “Hacia un sistema de justicia incluyente”, en el que se detallan las barreras a las que se enfrenta una persona con discapacidad intelectual o psicosocial cuando se encuentra en un proceso penal. En términos generales, estas barreras impiden a la persona con discapacidad de participar en su propio proceso, ya sea como víctima u ofendido, imputado o testigo. La persona con discapacidad no cuenta con los mecanismos necesarios para ser partícipe de este proceso, en tanto existe una amplia falta de conocimiento por parte del sistema de justicia respecto a las discapacidades, y el hecho de que se confunde la capacidad mental con la capacidad jurídica.
La capacidad jurídica se refiere al derecho que tenemos todas las personas de ser titulares de derechos y obligaciones, y en consecuencia de poder ejercerlos. El artículo 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD) se refiere a esta capacidad como “el Igual reconocimiento como persona ante la ley”. En el 2007 esta convención fue ratificada por el Estado mexicano, y obliga a este a un cambio de paradigma en la manera de administrar justicia.
Como lo contempla el informe hecho por DOCUMENTA A.C., “este cambio implica el abandono de una perspectiva que ve a la persona con discapacidad como un objeto que requiere tratamiento y curación, por un enfoque en el que se le reconoce como titular de derechos y obligaciones”.[1]
En este sentido, la justicia restaurativa representa una excelente oportunidad para que el Estado mexicano realice este cambio de paradigma, en la medida en que dota de voz a todos los actores involucrados. Para la justicia restaurativa la participación de las personas es esencial al proceso. En otras palabras, bajo esta perspectiva el proceso es tan importante como lo sería el resultado del mismo: se trata de un enfoque profundamente humanista, que es justamente el contemplado por la CDPD.
Es necesario en este sentido desarrollar políticas y programas de justicia restaurativa para personas con discapacidad intelectual o psicosocial que enfrentan un proceso penal. Hay que considerar que tales procesos tienen la característica de ser flexibles y deben adaptarse a las necesidades de las personas y a los contextos específicos.
La importancia de desarrollar programas de justicia restaurativa radica en que esta proporciona “una oportunidad para las víctimas de obtener reparación, sentirse más seguras y obtener cierres; permite a los delincuentes obtener introspectiva de las causas y efectos de su comportamiento y tomar responsabilidad de manera significativa; permite a las comunidades entender las causas subyacentes del crimen para promover bienestar comunitario y prevenir el crimen”[2]. La justicia restaurativa eleva un rango de medidas que son flexibles en su adaptación a sistemas de justicia penal establecidos, precisamente complementando estos sistemas tomando en cuenta circunstancias legales, sociales y culturales.
Es importante señalar que, derivado del informe mencionado, DOCUMENTA A.C. ha creado un programa de personas facilitadoras de justicia para que las personas con discapacidad intelectual y psicosocial puedan ser plenos participes del proceso que enfrentan, proponiendo ajustes razonables al procedimiento haciendo un papel de acompañamiento y apoyo en dos sentidos:
- Para la persona con discapacidad.
- Para los operadores del sistema de justicia ayudándoles a entender las implicaciones que tiene la discapacidad en el proceso.
Volvemos así a Héctor. En el trato con él me percaté de que no escuchaba bien; no obstante, comprendía perfectamente con términos sencillos, por lo que sugerí al juez como ajustes razonables el uso de audífonos y un lenguaje sencillo y pausado, evitar dobles o triples preguntas y darle tiempo para formular sus respuestas, con la finalidad de garantizar que Héctor pudiera participar en su proceso. Después de cinco audiencias, era la primera vez que Héctor podía tener voz, escuchar y entender lo que sucedía, y principalmente, involucrarse de manera directa.
Agradezco al maravillo equipo de personas facilitadoras de justicia que además de ser expertos en comunicación y discapacidad son extraordinarios seres humanos comprometidos con la lucha para generar un sistema de justicia incluyente y me han permitido compartir estas experiencias.
[1] Diana Sheinbaum y Sara Vera. HACIA UN SISTEMA DE JUSTICIA INCLUYENTE. PROCESO PENAL Y DISCAPACIDAD PSICOSOCIAL. P.11. Documenta. Análisis y Acción para la Justicia Social, A. C. 2016. [2]OFICINA DE LAS NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO. Viena. Manual sobre programas de justicia restaurativa. SERIE DE MANUALES SOBRE JUSTICIA PENAL. NACIONES UNIDAS Nueva York, 2006 https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Manual_sobre_programas_de_justicia_restaurativa.pdf