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¿Quién podrá defendernos? Los dilemas del derecho ante el mundo cibernético
- mayo 28, 2019
- Publicado por: Staff IIDEJURE
- Categoría: Blog IIDEJURE
Autor: David Santibáñez
Vivimos en un mundo análogo donde las leyes no han terminado de adaptarse al social humano ––o cibersocial humano, para mejores condiciones––. Estas, que en el pasado han jugado un papel importante en la convivencia de los hombres como sociedad y como salvaguarda de sus deberes y derechos, hoy parecen estancadas en una zona de confort del que un gran sector de la vieja escuela internacional se rehúsa a salir. Parece que en este tiempo el término «leyes» ya no guarda empatía con nuestro tiempo y estilo de vida. La negativa no acepta que los «ciberdelitos» son la industria criminal más rentable de los últimos años (El País, 2016) y con proyecciones mayores para antes de la segunda década del nuevo siglo (CIA, 2012).
Siendo sinceros ––y si queremos darles una excusa a los juristas––, nunca se pensó que la tecnología golpearía de esta manera nuestras vidas. Estamos en una etapa que podríamos denominar HIPERTECNOLOGIZACIÓN (Ávila-Molina, 2017). No hay actividad no esté ligada al uso de tecnología y aplicaciones de todo tipo: para consultar rutas alternas al tráfico; para pedir comida o rentar una película; para disfrutar de un juego; incluso, para la adquisición de bienes, ahora más popularizada con el uso de bitcoins, la moneda con formato digital que solo se puede usar en internet y que busca crear una economía desligada de bancos y gobiernos (Fernández Burgueño, 2017). Sí, seremos muy sinceros al afirmar que quizás el Derecho no tuvo tiempo de adaptarse a este tiempo; pero sí lo hicieron otros campos profesionales como la medicina, la arquitectura, la geología, el diseño, entre otros. ¿En qué momento el Derecho se separó de la vida del hombre? Quizás no en su totalidad, pero aún anda perdido en ciertos tramos del camino.
El mundo acelera más que el coeficiente humano y ahora enfrentamos nuevos riesgos. Tráfico de información, suplantación de identidad, invasión a la privacidad, malware en todas sus clases, ciberterrorismo y ciberataques son algunas de las sendas tomadas por el crimen organizado, y de las que se tienen registro hasta el día de hoy a través de múltiples estudios organizados por la OEA, INTERPOL, CIA, INCIBE, TREND MICRO, entre otras organizaciones públicas y privadas; así como publicaciones en los principales journals especializados. En relación a ello, se expone uno de los mayores problemas en los que se sumerge la realidad jurídica internacional, nacido en la academia y terminando en los juzgados con viejas y nuevas fieras, en donde las nuevas parten con una idea clara de a lo que se enfrentan, y en donde las viejas abrazan la ignorancia del contexto actual y desconocen la naturaleza del peligro del crimen digital, lo que genera un sinfín de alternativas absurdas que no permiten afrontar a los cibercriminales, mismos a quienes siquiera saben cómo calificarlos. Por decirlo de una manera directa y con un ejemplo práctico, no saben diferenciar un hacker de un cybercrook, siendo el primero un especialista en seguridad y el segundo un consumado delincuente que conoce cada una de las ventajas ––y desventajas–– tecnológicas.
Sí, la academia juega un papel importante y trascendental en esta nueva adaptación del Derecho. Las investigaciones que vienen realizando ciertos sectores están dando paso a proyectos aún mayores, los mismos que ya han instalado mesas de debate para muchas temáticas y alianzas con académicos de otras áreas como la social, psicológica y técnica; no obstante, las aulas parecen todavía estar invadidas por aquellos quienes no aceptan la realidad tecnológica del mundo y continúan preparando y educando abogados para siglos muertos y no para los que se tienen que enfrentar ––ni siquiera, para nuestro tiempo––. Prueba de ello son algunas discusiones que se han venido dando en fueros del Derecho en LATAM, en donde no se enfrenta a la tecnología con una visión técnica y donde se les cierran las puertas a otros profesionales con visión diferente. Y si hablamos de discusiones de Derecho digital y tecnologías en congresos o foros en donde debería aceptarse la participación del área técnica, de hackers y sociedad civil, pareciera que se invocara el holocausto jurídico. El Derecho pretende regular sobre tecnologías, sin conocer que estas no pueden regularse por su constante cambio, y en donde deben aceptar que no son los amos del tecnicismo ni lo códigos binarios. Hasta hace poco, juristas de la región debatieron cada uno en sus países ––sin vinculación–– sobre la IA y la obligación ––por parte de ellos–– de impedir que esta fuera invasora y destructiva con el profesionalismo ––empezando por ellos––, buscando la forzosa necesidad de regular sobre la tecnología ––¿recuerdan lo que se dijo líneas atrás?–– y dar paso a las ideas de proyectos legislativos. Yo tuve la oportunidad de estar en una de esas reuniones, y me di cuenta de que no se conocía sobre los «23 principios de Asilomar» (2017) y las reglas interpuestas ––por si así prefiere llamarlo–– para evitar el mal uso en la creación de la IA. Pero el hecho de regular tecnología ya sucedió una vez, en Perú (2013), con la promulgación de las Leyes N°30096 y N°30171, las normas más deficientes en materia ciberdelictivas en la historia de ese país, no acordes con la realidad y ventajosas para el crimen.
La terminología y funcionalidad vetusta del Derecho reina normalmente en LATAM. Todavía no existe un país potencia en nuestra región (BID/OEA, 2016); ni siquiera se ha estructurado correctamente uno que comprenda la unión de ciberseguridad y derecho. Desde un punto de vista legal, la ciberseguridad no es ajena a los cambios legislativos que se puedan producir; es más, estas dos vertientes del mundo «CIBER» van de la mano, pues es de práctico entendimiento que la tecnología, por más avanzada que sea, no deja de ser una creación del hombre, y todo buen o mal uso que se le dé depende del mismo hombre para sus logros (Santiváñez, 2017). Pero muchos no lo ven así, y ahí ingresan los congresos y sus mandatarios de turno; es decir, el gobierno. El desconocimiento del mundo digital ha puesto en mayor peligro a la ciudadanía. Leyes sin sentido, leyes con vacíos no solo legales, sino prácticos, en donde determinadas acciones, realizadas de determinada manera que no señala la ley, pero que produciría los mismos resultados que la ley señala, no sería considerado un delito (Chema Alonso, 2013); y tiene mucho sentido, pues si la norma dice que debo destruir un sistema para robar datos y que esto será considerado delito, y realmente yo no destruyo el sistema pero si me llevo los datos, ¿no activamos una paradoja de lo que es o no delito?
Queda claro que el mundo jurídico afronta dificultades muy marcadas que van desde el rechazo a la colaboración con el sector técnico hasta la preparación de los futuros agentes de cambio en el sector público y privado. No quiero afirmar que todos los países de LATAM van por el mismo camino. En este largo proceso México y Colombia vienen resaltando, con aciertos y errores, pero al fin de cuentas, poniendo sobre la mesa los temas de discusión, haciendo partícipe al sector técnico como a la sociedad civil y empresa privada, colaborando con cada sector en beneficio de la ciudadanía, debatiendo la protección de niños, niñas y adolescentes. No por algo son referentes en la región, pero aún queda mucho por hacer en la práctica jurídica y los primeros pasos se trazan con las capacitaciones y el autoaprendizaje. Recuerde que las TIC son un nuevo idioma que debe aprenderse para ir acorde y saber comunicarnos con el mundo que nos rodea.