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Participación de la comunidad en las Juntas Restaurativas
- mayo 28, 2019
- Publicado por: Staff IIDEJURE
- Categoría: Blog IIDEJURE
Autora: Violeta Maltos
Uno de los pilares de la justicia restaurativa es la participación[1], para atender los daños y necesidades derivados de un delito u ofensa. Los procesos mayormente restaurativos incluyen a las víctimas, a quienes cometieron la ofensa y, además, a la comunidad.
DUPLICIDAD DE ROLES.
La comunidad tiene dos roles diversos en los procesos restaurativos:
- Víctima indirecta. Cualquier delito u ofensa nos afecta a todas las personas, por la interconexión existente entre nosotras. Esta afectación es mayor en cuanto más cerca estamos de la víctima u ofensor o de los hechos (si somos familiares, amistades, tenemos vecindad o compartimos espacios en común como la escuela o el trabajo, etc.) Cuando alguna ofensa afecta a alguna persona de nuestro círculo, nos afecta también a nosotros. Esta afectación depende, por supuesto, del tipo de ofensa y qué tanto se haya conocido. Lo que sucede en nuestras colonias, ciudades, estados, países, continentes, planeta… todo nos afecta en mayor o menor medida y atendiendo a diversas variables.
- Responsables. Las personas que ofenden (que somos todas, aunque causamos daños en diferentes niveles y en diversas magnitudes) no han venido de otro planeta: han salido de nuestras comunidades. Es por ello que también tenemos responsabilidad, aunque, por supuesto, no en la misma medida que quien causó la ofensa (salvo casos excepcionales y dependiendo de la normatividad aplicable, nosotros no haríamos reparaciones monetarias o en especie), pero sí en un enfoque de reintegración y de prevención de delitos u ofensas futuras, relacionadas directa o indirectamente con la actual.
TIPOS DE COMUNIDADES.
Atendiendo a los daños, necesidades y respuestas que se brindan, el IIRP ha establecido una distinción en cuanto a la función de las partes interesadas en una práctica restaurativa, en un esquema al que le he hecho muy breves cambios, principalmente de terminología:[2]
Daño | Necesidades | Respuestas | |
Partes interesadas primarias | |||
Víctima directa | Directo | Específicas | Activa (s) |
Persona ofensora | Directo | Específicas | Activa (s) |
Familias y/o amistades | Directo | Específicas | Activa (s) |
Partes interesadas secundarias | |||
Vecinos/as | Indirecto | Colectivas | De apoyo |
Funcionarios/as | Indirecto | Colectivas | De apoyo |
Son partes interesadas primarias: la o las víctimas directas, quien o quienes cometieron la ofensa o delito (dependiendo del ámbito de aplicación en el que vayamos a realizar la junta restaurativa), así como familiares, amistades, docentes, colegas u otras personas que tengan un vínculo afectivo relevante con la víctima o la persona que cometió la ofensa. Estas son las comunidades de apoyo.
Las partes interesadas secundarias, según el esquema adaptado, son los vecinos o las personas que pertenezcan a alguna organización de tipo comercial, escolar, religiosa, estatal o social cuyos ámbitos de responsabilidad abarquen el tipo de hecho o daño ocasionado. También se incluye en este rubro a las personas que, en su carácter de empleadas públicas, tengan algo qué decir o alguna participación relevante en la decisión sobre las consecuencias de la ofensa o delito.[1]
Conforme a lo anterior, respecto de la función de las partes interesadas, podríamos distinguir (para efectos de las juntas restaurativas) dos tipos de comunidades:
- Comunidades de apoyo.
- Representante (s) de la comunidad.
En el caso de las personas que por su empleo o cargo público tienen relación, en México distinguimos dos posibilidades de participación adicionales como apoyo para alcanzar un resultado restaurativo. Aunque este tema sería materia de otra publicación diversa, he de mencionarlo brevemente:
- La participación de autoridades en los círculos, que es uno de los procesos restaurativos contemplados en la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, específicamente en el artículo 92.[2]
- La participación de personas consultoras o especialistas en las juntas restaurativas establecidas en los instrumentos diseñados por la Unión Europea, la Subsecretaría de Prevención y Participación Ciudadana (“SPPC”), en proyecto de colaboración con el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.[3]
Esta participación no necesariamente lleva un rol activo como el del resto de las personas participantes (exceptuando, tal vez, los círculos, por su misma metodología y dependiendo del tipo de círculo que quien facilita decida aplicar al caso concreto).
Lleva más bien un objetivo de proporcionar información necesaria, en un lenguaje sencillo, para que las personas puedan alcanzar un resultado restaurativo. En los instrumentos de la Unión Europea y la SPPC, se detalla con mucha precisión el momento y naturaleza de la intervención. Este tema, por extensión, será materia de alguna publicación posterior.
a) Comunidades de apoyo. Las familias, amistades o aquellas personas que tengan un vínculo afectivo relevante con la víctima o con la persona que cometió la ofensa o el delito. Su papel es, precisamente el que esta denominación señala: apoyar a la persona a la que van acompañando.
En el modelo de juntas restaurativas (cuando el delito que se está trabajando no es de los considerados como “graves”), durante la primera etapa, a la que Mike Ledwidge, mi maestro, llama “negativa”, interviene primero la persona ofensora para responder a preguntas relacionadas con los hechos, su pensamiento y su sentir antes, durante y después de los mismos. Posteriormente, este turno toca a la víctima, con preguntas específicas.
Después, las preguntas se dirigen a las comunidades de apoyo, empezando por quienes apoyan a la víctima y, a continuación, quienes apoyan a la persona que cometió la ofensa. Estas preguntas son, al igual que para víctima y ofensor, relacionadas con los hechos desde la perspectiva de quien habla, su pensar y su sentir antes, durante y después de la ofensa o delito.
En la etapa “positiva”, en que se brindan sugerencias para la reparación integral del daño por quienes participan, la primera persona a quien se da la oportunidad de expresar las opciones que desea poner sobre la mesa es a la víctima, posteriormente a las comunidades de apoyo y, al final,a la persona ofensora (con una pregunta diversa).
b) Representante (s) de la comunidad. A las personas de la comunidad que el IIRP llama “partes interesadas secundarias”, prefiero llamarles “representantes” o “representación” de la comunidad, pues su papel no es secundario, sino muy activo y el lenguaje importa.
En las juntas restaurativas tienen la misma participación que las demás personas a quienes se llama “partes interesadas primarias” en el esquema que hemos visto: se les hacen las mismas preguntas que a la víctima y a las comunidades de apoyo en la fase negativa, solo que participan después de ellas; en la fase positiva también responden las mismas preguntas que la víctima y comunidades de apoyo, buscando que tengan una participación activa en las sugerencias de reparación y trasladen al proceso la “voz” de las demás personas que forman parte de la comunidad y no están presentes.
ELECCIÓN DE COMUNIDADES DE APOYO Y REPRESENTACIÓN DE LA COMUNIDAD. En el caso de las comunidades de apoyo, estas son elegidas por la víctima o persona ofensora.
En el caso de personas adolescentes, deben estar presentes quienes ejercen la patria potestad o la tutela, o bien, la persona que se les haya asignado para representante. Además de esta representación, puede haber otras como “comunidades de apoyo” acompañando a la persona adolescente, si ello nos puede ayudar a alcanzar un fin restaurativo.
En la guía para reuniones previas desarrollada en junio de 2008 por el equipo PRODERECHO y que hemos compartido con gran cantidad de personas, viene esta pregunta justo en la tercera etapa de las guías: “preparación”. “¿Quién te gustaría que te acompañara a la reunión?”.
Por supuesto, si la persona o personas elegidas no se encuentran presentes en esa reunión previa, hay que tener una con ellas o ellos. No podemos llevar a nadie a una sesión conjunta de una junta restaurativa sin que hayamos tenido con él o ella sesiones o reuniones previas o de preparación.
En el caso de la representación de la comunidad, es más complicado, pero posible buscarles. Paraello, también la víctima, persona ofensora y comunidades de apoyo son muy útiles, pues pueden orientarnos sobre qué personas que, aunque no tengan un vínculo afectivo cercano como en el caso de las comunidades de apoyo, se han visto indirectamente afectadas y podrían tener interés en participar en las decisiones que se tomen sobre cómo manejar dicho delito u ofensa.
Es necesario, insisto, que tengamos reuniones previas de preparación con estas personas también, en las que podremos ver si su aportación podría ser de utilidad para alcanzar un resultado restaurativo o no.
La participación de las comunidades de apoyo y de representación de la comunidad tiene grandes beneficios, entre ellos: brindarle mayor seguridad a la persona a quien van a apoyar (en el caso de las de apoyo), diversificar las opciones de solución planteadas, atender a sus propias necesidades como víctimas “indirectas”, darles un espacio y voz que les permita tomar responsabilidad en sugerir y realizar acciones preventivas que les competan, facilitar a la víctima y a la persona ofensora la reintegración, entre otros.
[1] ZEHR, Howard. El Pequeño Libro de la Justicia Restaurativa. Colección: Los Pequeños Libros de Justicia y Construcción de la Paz. Philadelphia Good Books-Intercourse. PA. 2007. Páginas 28 a 31.
[2] MC Cold y WACHTEL. En busca de un paradigma: una teoría sobre justicia restaurativa. E Forum. 2003. Recuperado en: http://www.iirp.edu/pdf/paradigm_span.pdf Consultado por última vez el 25 de septiembre de 2017.
[1] BARROS LEAL, César. Justicia Restaurativa. Amanecer de una era. Editorial Porrúa. Primera Edición. México, 2015. Página 70.
[2] Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Recuperado en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LNSIJPA.pdf Consultado por última vez el 25 de septiembre de 2017.
[3] Estos documentos no son todavía públicos, pues se encuentran en fase de piloto.